SALIDAS A LOS HUERTOS

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Estimado/a alcalde/sa:

En la línea de información continua que venimos desarrollando, adjunto Nota de Prensa de la Delegación del Gobierno en Aragón y que establece salidas al huerto en determinados supuestos y con la mínima permanencia en el lugar.

«El Real Decreto 463/2020 de estado de alarma autoriza en su artículo 7.1 la circulación por las vías de uso público para la realización de adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad (puntos a, c y g). De acuerdo con este criterio, el desplazamiento a huertos u otras explotaciones agrícolas o ganaderas queda autorizado para actividades de naturaleza laboral, profesional o empresarial.

En los restantes supuestos, la Delegación del Gobierno en Aragón informa que, el desplazamiento para el cuidado o la recolección de huertos particulares o de autoconsumo no tiene la consideración de actividad incursa en ninguno de los casos contemplados en dicho artículo, por lo que con carácter general no se encuentran autorizados, salvo en estos casos:

• Cuidado y alimentación de animales al considerarse causa de fuerza mayor a los efectos de su inclusión en los supuestos autorizados, previstos en el artículo 7.1 g) del Real Decreto.
• El cuidado o recolección de huertos de autoconsumo sólo se puede considerar autorizado de manera excepcional en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia.»

Sin otro particular, recibe  un cordial saludo.

Zaragoza, a 21 de abril de 2020.

Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP

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